🏭 BOE-A-2011-7630 · Texto consolidado actualizado el 16/02/2026
Esquema de la Ley 8/2011 de infraestructuras críticas
Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas. Estructura completa con 27 artículos y disposiciones. Pulsa cualquiera para ver su texto vigente, su historial de cambios y sus flashcards.
TÍTULO I. Disposiciones generales (4)
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Ámbito de aplicación
- Artículo 4 El Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas
TÍTULO II. El Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (9)
- Artículo 5 Finalidad
- Artículo 6 La Secretaría de Estado de Seguridad
- Artículo 7 El Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas
- Artículo 8 Ministerios y organismos integrados en el Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas
- Artículo 9 Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía
- Artículo 10 Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía
- Artículo 11 Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas
- Artículo 12 Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas
- Artículo 13 Operadores críticos
TÍTULO III. Instrumentos y comunicación del Sistema (5)
- Artículo 14 Instrumentos de planificación del Sistema
- Artículo 15 Seguridad de las comunicaciones
- Artículo 16 El Responsable de Seguridad y Enlace
- Artículo 17 El Delegado de Seguridad de la Infraestructura Crítica
- Artículo 18 Seguridad de los datos clasificados
Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales (9)
- Disposición adicional primera Normativa y régimen económico aplicable a la Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas y al Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas
- Disposición adicional segunda Clasificación de los Planes
- Disposición adicional tercera Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
- Disposición adicional cuarta Ceuta y Melilla
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Competencias en materia de Protección Civil
- Disposición final tercera Incorporación de Derecho comunitario
- Disposición final cuarta Habilitación para el desarrollo reglamentario
- Disposición final quinta Entrada en vigor