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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 173 del Estatuto de Autonomía de CataluñaVideovigilancia y control de sonido y grabaciones

Texto vigente

Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios análogos, en el ámbito público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y establecimientos privados. La Generalitat debe ejercer esta competencia respetando los derechos fundamentales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 173. Videovigilancia y control de sonido y grabaciones

Artículo 173 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios análogos, en el ámbito público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y establecimientos privados. La Generalitat debe ejercer esta competencia respetando los derechos fundamentales.

Completa el hueco2/5

Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios análogos, en el ámbito público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y ________ privados.

Artículo 173 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

establecimientos

«Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios análogos, en el ámbito público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y establecimientos privados.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Videovigilancia y control de sonido y grabaciones»?

Artículo 173 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 173

Completa el hueco4/5

La Generalitat debe ejercer esta competencia respetando los derechos ________.

Artículo 173 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta4/5

fundamentales

«La Generalitat debe ejercer esta competencia respetando los derechos fundamentales.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios…»?

Artículo 173 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

Artículo 173. Videovigilancia y control de sonido y grabaciones

«Corresponde a la Generalitat la competencia sobre el uso de la videovigilancia y el control de sonido y grabaciones u otros medios análogos, en el ámbito público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y establecimientos privados.»

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