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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 136 del Estatuto de Autonomía de CataluñaLa función pública y el personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas

Texto vigente

Corresponde a la Generalitat, en materia de función pública, respetando el principio de autonomía local:

a) La competencia exclusiva sobre el régimen estatutario del personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas y sobre la ordenación y la organización de la función pública, salvo lo dispuesto en la letra b).

b) La competencia compartida para el desarrollo de los principios ordenadores del empleo público, sobre la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, las situaciones administrativas y los derechos, deberes e incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas.

c) La competencia exclusiva, en materia de personal laboral, para la adaptación de la relación de puestos de trabajo a las necesidades derivadas de la organización administrativa y sobre la formación de este personal.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 136. La función pública y el personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas (1/2)

Artículo 136 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Corresponde a la Generalitat, en materia de función pública, respetando el principio de autonomía local: • a) La competencia exclusiva sobre el régimen estatutario del personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas y sobre la ordenación y la organización de la función pública, salvo lo dispuesto en la letra b). • b) La competencia compartida para el desarrollo de los principios ordenadores del empleo público, sobre la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, las situaciones administrativas y los derechos, deberes e incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas.

Completa el hueco2/5

________ a la Generalitat, en materia de función pública, respetando el principio de autonomía local:

Artículo 136 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

Corresponde

«Corresponde a la Generalitat, en materia de función pública, respetando el principio de autonomía local:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «La función pública y el personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas»?

Artículo 136 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 136

Información4/5

Artículo 136. La función pública y el personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas (2/2)

Artículo 136 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

• c) La competencia exclusiva, en materia de personal laboral, para la adaptación de la relación de puestos de trabajo a las necesidades derivadas de la organización administrativa y sobre la formación de este personal.

Completa el hueco5/5

La competencia exclusiva sobre el régimen estatutario del personal al servicio de las ________ públicas catalanas y sobre la ordenación y la organización de la función pública, salvo lo dispuesto en la letra b).

Artículo 136 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

Administraciones

«La competencia exclusiva sobre el régimen estatutario del personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas y sobre la ordenación y la organización de la función pública, salvo lo dispuesto en la letra b).»

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