🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 135 del Estatuto de Autonomía de CataluñaEstadística
Texto vigente
1. Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre estadística de interés de la Generalitat, que incluye en todo caso:
a) La planificación estadística.
b) La organización administrativa.
c) La creación de un sistema estadístico oficial propio de la Generalitat.
2. La Generalitat participa y colabora en la elaboración de estadísticas de alcance supraautonómico.
Flashcards de este artículo
Artículo 135. Estadística (apartado 1)
Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre estadística de interés de la Generalitat, que incluye en todo caso: • a) La planificación estadística. • b) La organización administrativa. • c) La creación de un sistema estadístico oficial propio de la Generalitat.
________ a la Generalitat la competencia exclusiva sobre estadística de interés de la Generalitat, que incluye en todo caso:
Corresponde
«Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre estadística de interés de la Generalitat, que incluye en todo caso:»
¿Qué artículo lleva por título «Estadística»?
Artículo 135. Estadística (apartado 2)
La Generalitat participa y colabora en la elaboración de estadísticas de alcance supraautonómico.
La creación de un sistema ________ oficial propio de la Generalitat.
estadístico
«La creación de un sistema estadístico oficial propio de la Generalitat.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Las materias de las competencias
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- Artículo 118 · Asociaciones y fundaciones
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- Artículo 120 · Cajas de ahorros
- Artículo 121 · Comercio y ferias
- Artículo 122 · Consultas populares
- Artículo 123 · Consumo
- Artículo 124 · Cooperativas y economía social
- Artículo 125 · Corporaciones de derecho público y profesiones tituladas
- Artículo 126 · Crédito, banca, seguros y mutualidades no integradas en el sistema de seguridad social
- Artículo 127 · Cultura
- Artículo 128 · Denominaciones e indicaciones geográficas y de calidad
- Artículo 129 · Derecho civil
- Artículo 130 · Derecho procesal
- Artículo 131 · Educación
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- Artículo 134 · Deporte y tiempo libre
- Artículo 136 · La función pública y el personal al servicio de las Administraciones públicas catalanas
- Artículo 137 · Vivienda
- Artículo 138 · Inmigración
- Artículo 139 · Industria, artesanía, control metrológico y contraste de metales
- Artículo 140 · Infraestructuras del transporte y las comunicaciones
- Artículo 141 · Juego y espectáculos
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