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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 164 del Estatuto de Autonomía de CataluñaSeguridad pública

Texto vigente

1. Corresponde a la Generalitat, en materia de seguridad pública, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal:

a) La planificación y regulación del sistema de seguridad pública de Cataluña y la ordenación de las policías locales.

b) La creación y la organización de la Policía de la Generalitat-Mossos d´Esquadra.

c) El control y la vigilancia del tráfico.

2. Corresponde a la Generalitat el mando supremo de la Policía de la Generalitat-Mossos d´Esquadra y la coordinación de la actuación de las policías locales.

3. Corresponde a la Generalitat, en el marco de la legislación estatal sobre seguridad, las facultades ejecutivas que le atribuya el Estado y en todo caso:

a) Las funciones gubernativas sobre el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación.

b) El cumplimiento de las disposiciones para la conservación de la naturaleza, del medio ambiente y de los recursos hidrológicos.

4. La Generalitat participa, mediante una Junta de Seguridad de composición paritaria entre la Generalitat y el Estado y presidida por el Presidente de la Generalitat, en la coordinación de las políticas de seguridad y de la actividad de los cuerpos policiales del Estado y de Cataluña, así como en el intercambio de información en el ámbito internacional y en las relaciones de colaboración y auxilio con las autoridades policiales de otros países. La Generalitat, de acuerdo con el Estado, estará presente en los grupos de trabajo de colaboración con las policías de otros países en que participe el Estado.

5. La Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra tiene como ámbito de actuación el conjunto del territorio de Cataluña y ejerce todas las funciones propias de un cuerpo de policía, en los siguientes ámbitos:

a) La seguridad ciudadana y el orden público.

b) La policía administrativa, que incluye la que deriva de la normativa estatal.

c) La policía judicial y la investigación criminal, incluidas las diversas formas de crimen organizado y terrorismo, en los términos establecidos por las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 164. Seguridad pública (apartado 1)

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Corresponde a la Generalitat, en materia de seguridad pública, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal: • a) La planificación y regulación del sistema de seguridad pública de Cataluña y la ordenación de las policías locales. • b) La creación y la organización de la Policía de la Generalitat-Mossos d´Esquadra. • c) El control y la vigilancia del tráfico.

Completa el hueco2/5

________ a la Generalitat, en materia de seguridad pública, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal:

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

Corresponde

«Corresponde a la Generalitat, en materia de seguridad pública, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Seguridad pública»?

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 164

Información4/5

Artículo 164. Seguridad pública (apartado 2)

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Corresponde a la Generalitat el mando supremo de la Policía de la Generalitat-Mossos d´Esquadra y la coordinación de la actuación de las policías locales.

Completa el hueco5/5

La planificación y ________ del sistema de seguridad pública de Cataluña y la ordenación de las policías locales.

Artículo 164 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

regulación

«La planificación y regulación del sistema de seguridad pública de Cataluña y la ordenación de las policías locales.»

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