Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 146 del Estatuto de Autonomía de CataluñaMedios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual

Texto vigente

1. Corresponde a la Generalitat, en materia de servicios de radio y televisión, así como de cualquier otro servicio de comunicación audiovisual:

a) La competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Generalitat y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.

b) La competencia compartida sobre la regulación y el control de los servicios de comunicación audiovisual que utilicen cualquiera de los soportes y tecnologías disponibles dirigidos al público de Cataluña, así como sobre las ofertas de comunicación audiovisual si se distribuyen en el territorio de Cataluña.

2. Corresponde a la Generalitat la competencia compartida en materia de medios de comunicación social.

3. La Generalitat fomentará el pluralismo lingüístico y cultural de Cataluña en los medios de comunicación social.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 146. Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual (apartado 1)

Artículo 146 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Corresponde a la Generalitat, en materia de servicios de radio y televisión, así como de cualquier otro servicio de comunicación audiovisual: • a) La competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Generalitat y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local. • b) La competencia compartida sobre la regulación y el control de los servicios de comunicación audiovisual que utilicen cualquiera de los soportes y tecnologías disponibles dirigidos al público de Cataluña, así como sobre las ofertas de comunicación audiovisual si se distribuyen en el territorio de Cataluña.

Completa el hueco2/5

Corresponde a la Generalitat, en materia de servicios de radio y televisión, así como de cualquier otro servicio de ________ audiovisual:

Artículo 146 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

comunicación

«Corresponde a la Generalitat, en materia de servicios de radio y televisión, así como de cualquier otro servicio de comunicación audiovisual:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual»?

Artículo 146 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 146

Información4/5

Artículo 146. Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual (apartado 2)

Artículo 146 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Corresponde a la Generalitat la competencia compartida en materia de medios de comunicación social.

Completa el hueco5/5

La competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de ________ audiovisual de la Generalitat y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.

Artículo 146 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

comunicación

«La competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Generalitat y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Las materias de las competencias