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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de coordinación con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos los españoles y españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 45

Artículo 45 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/3

La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de coordinación con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos los españoles y españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

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La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de ________ con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos los españoles y españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Artículo 45 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/3

coordinación

«La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de coordinación con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos los españoles y españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de coordinación con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos…»?

Artículo 45 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/3

Artículo 45

«La Comunidad Autónoma de Cantabria, dentro de los principios de coordinación con las Haciendas estatal y local, y de solidaridad entre todos los españoles y españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/01/1999 por BOE-A-1998-30152.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

Uno. El Patrimonio de la La Comunidad Autónoma estará integrado por: a) El Patrimonio de la Diputación Provincial de Santander en el momento de aprobarse el Estatuto. b) Los bienes afectos a servicios traspasados a la Diputación Regional de Cantabria. c) Los bienes adquiridos por la Diputación Regional Cantabria, dentro de Cantabria por cualquier título jurídico válido. Dos. El Patrimonio los principios de la Diputación Regional coordinación con las Haciendas estatal y local, y de Cantabria, su administración, defensa solidaridad entre todos los españoles y conservación, serán regulados por una ley españolas, tiene autonomía financiera, dominio público y patrimonio propio de acuerdo con la Asamblea Regional. Tres. La Comunidad Autónoma tiene plena capacidad para adquirir, administrar Constitución, el presente Estatuto y enajenar, según la legislación vigente, los bienes que integren su patrimonio. Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152

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