🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635
Artículo 53 del Estatuto de Autonomía de Cantabria
Texto vigente
La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado.
Flashcards de este artículo
Artículo 53
La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado.
La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del ________ fiscal que la ley establezca para el Estado.
tratamiento
«La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado.»
¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado»?
Artículo 53
«La Comunidad Autónoma de Cantabria gozará del tratamiento fiscal que la ley establezca para el Estado.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Se regularán necesariamente, mediante ley de la Asamblea Regional de Cantabria, las siguientes materias: a) El establecimiento, la modificación y supresión de sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales y La Comunidad Autónoma de las exenciones o bonificaciones Cantabria gozará del tratamiento fiscal que les afecten b) El establecimiento y la modificación y supresión de los recargos sobre los impuestos del Estado, de acuerdo con lo establecido en ley establezca para el artículo doce de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas. Estado.
- Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
- Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.