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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Artículo 46 del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

1. El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:

a) El patrimonio de la Diputación Provincial de Santander en el momento de aprobarse el Estatuto.

b) Los bienes afectos a servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

c) Los bienes adquiridos por la Comunidad Autónoma de Cantabria por cualquier título jurídico válido.

2. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, su administración, defensa y conservación, serán regulados por una ley del Parlamento.

3. La Comunidad Autónoma tiene plena capacidad para adquirir, administrar y enajenar, según la legislación vigente, los bienes que integren su patrimonio.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 46 (apartado 1)

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/5

El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por: • a) El patrimonio de la Diputación Provincial de Santander en el momento de aprobarse el Estatuto. • b) Los bienes afectos a servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria. • c) Los bienes adquiridos por la Comunidad Autónoma de Cantabria por cualquier título jurídico válido.

Completa el hueco2/5

El ________ de la Comunidad Autónoma estará integrado por:

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/5

patrimonio

«El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por»?

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/5

Artículo 46

«El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:»
Información4/5

Artículo 46 (apartado 2)

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido4/5

El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, su administración, defensa y conservación, serán regulados por una ley del Parlamento.

Completa el hueco5/5

El ________ de la Diputación Provincial de Santander en el momento de aprobarse el Estatuto.

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta5/5

patrimonio

«El patrimonio de la Diputación Provincial de Santander en el momento de aprobarse el Estatuto.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/01/1999 por BOE-A-1998-30152.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

La Hacienda 1. El patrimonio de la Comunidad Autónoma se constituye con: Uno. Los rendimientos estará integrado por: a) El patrimonio de los Impuestos que establezca la Diputación Regional Provincial de Cantabria. Dos. Los rendimientos Santander en el momento de los impuestos cedidos por aprobarse el Estado, Estatuto. b) Los bienes afectos a que se refiere servicios traspasados a la disposición adicional, y de todos aquellos cuya cesión sea aprobada por las Cortes Generales. Tres. Un porcentaje Comunidad Autónoma de participación en la recaudación total del Estado Cantabria. c) Los bienes adquiridos por la totalidad de sus impuestos percibidos en la región. Cuatro. El rendimiento Comunidad Autónoma de sus propias tasas, aprovechamientos especiales y Cantabria por la prestación de servicios directos de la Diputación Regional, sean de propia creación o como consecuencia de traspasos cualquier título jurídico válido. 2. El patrimonio de servicios estatales. Cinco. Las contribuciones especiales que establezca la Diputación Regional en el ejercicio Comunidad Autónoma de sus competencias. Seis. Los recargos en impuestos estatales. Siete. En Cantabria, su caso los ingresos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial Ocho. Otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales administración, defensa y conservación, serán regulados por una ley del Estado. Nueve. Parlamento. 3. La emisión de deuda Comunidad Autónoma tiene plena capacidad para adquirir, administrar y el recurso al crédito Diez. Los rendimientos del Patrimonio de enajenar, según la Diputación Regional. Once. Ingresos de derecho privado; legados y donaciones. Doce. Multas y sanciones en el ámbito de sus competencias. legislación vigente, los bienes que integren su patrimonio.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152

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