🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722
Disposición final tercera de la Ley de Tráfico y Seguridad VialHabilitaciones al Ministro del Interior
Texto vigente
Se habilita al Ministro del Interior para determinar:
a) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial.
b) las condiciones para practicar la notificación en el TESTRA.
c) los términos en los que el titular o el arrendatario a largo plazo comunicarán al Registro de Vehículos la identidad del conductor habitual
d) los términos en los que el arrendatario a largo plazo comunicará al Registro de Vehículos la identidad del arrendatario.
e) los términos en que se comunicará al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico la información referente a las víctimas de accidentes de tráfico.
f) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente, así como los mecanismos de certificación y control de los mismos.
Flashcards de este artículo
Disposición final tercera. Habilitaciones al Ministro del Interior (1/2)
Se habilita al Ministro del Interior para determinar: • a) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial. • b) las condiciones para practicar la notificación en el TESTRA. • c) los términos en los que el titular o el arrendatario a largo plazo comunicarán al Registro de Vehículos la identidad del conductor habitual • d) los términos en los que el arrendatario a largo plazo comunicará al Registro de Vehículos la identidad del arrendatario. • e) los términos en que se comunicará al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico la información referente a las víctimas de accidentes de tráfico.
Se habilita al ________ del Interior para determinar:
Ministro
«Se habilita al Ministro del Interior para determinar:»
¿Qué artículo lleva por título «Habilitaciones al Ministro del Interior»?
Disposición final tercera. Habilitaciones al Ministro del Interior (2/2)
• f) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente, así como los mecanismos de certificación y control de los mismos.
la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de ________ y reeducación vial.
sensibilización
«la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Se habilita al Ministro del Interior para determinar: a) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial. b) las condiciones para practicar la notificación en el TESTRA. c) los términos en los que el titular o el arrendatario a largo plazo comunicarán al Registro de Vehículos la identidad del conductor habitual d) los términos en los que el arrendatario a largo plazo comunicará al Registro de Vehículos la identidad del arrendatario. e) los términos en que se comunicará al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico la información referente a las víctimas de accidentes de tráfico. f) la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente, así como los mecanismos de certificación y control de los mismos.
- Vigente desde 31/01/2016 · redacción original
- Vigente desde 21/03/2022 · modificado por BOE-A-2021-21006
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