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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de CataluñaVigencia de disposiciones transitorias anteriores

Texto vigente

Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición transitoria segunda. Vigencia de disposiciones transitorias anteriores

Disposición transitoria segunda · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/4

Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.

Completa el hueco2/4

Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/________, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.

Disposición transitoria segunda · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/4

1979

«Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Vigencia de disposiciones transitorias anteriores»?

Disposición transitoria segunda · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/4

Disposición transitoria segunda

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña…»?

Disposición transitoria segunda · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta4/4

Disposición transitoria segunda. Vigencia de disposiciones transitorias anteriores

«Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.»

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