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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Disposición final cuarta del Estatuto de Autonomía de CataluñaRelación de entidades económicas y financieras

Texto vigente

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición final cuarta. Relación de entidades económicas y financieras

Disposición final cuarta · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/4

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.

Completa el hueco2/4

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de ________ desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.

Disposición final cuarta · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/4

seis meses

«La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Relación de entidades económicas y financieras»?

Disposición final cuarta · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/4

Disposición final cuarta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente…»?

Disposición final cuarta · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta4/4

Disposición final cuarta. Relación de entidades económicas y financieras

«La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, debe determinar la relación de las entidades a que se refiere el artículo 182.»

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