🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Disposición adicional decimotercera del Estatuto de Autonomía de CataluñaFondos propios y comunes con otros territorios
Texto vigente
Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de Barcelona se integran en el sistema de archivos de Cataluña. Para la gestión eficaz del resto de fondos comunes con otros territorios de la Corona de Aragón, la Generalitat debe colaborar con el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, con las demás Comunidades Autónomas que tienen fondos compartidos en el mismo y con el Estado a través de los mecanismos que se establezcan de mutuo acuerdo.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional decimotercera. Fondos propios y comunes con otros territorios
Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de Barcelona se integran en el sistema de archivos de Cataluña. Para la gestión eficaz del resto de fondos comunes con otros territorios de la Corona de Aragón, la Generalitat debe colaborar con el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, con las demás Comunidades Autónomas que tienen fondos compartidos en el mismo y con el Estado a través de los mecanismos que se establezcan de mutuo acuerdo.
Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de ________ se integran en el sistema de archivos de Cataluña.
Barcelona
«Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de Barcelona se integran en el sistema de archivos de Cataluña.»
¿Qué artículo lleva por título «Fondos propios y comunes con otros territorios»?
Disposición adicional decimotercera
Para la gestión eficaz del resto de fondos comunes con otros ________ de la Corona de Aragón, la Generalitat debe colaborar con el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, con las demás Comunidades Autónomas que tienen fondos compartidos en el mismo y con el Estado a través de los mecanismos que se establezcan de mutuo acuerdo.
territorios
«Para la gestión eficaz del resto de fondos comunes con otros territorios de la Corona de Aragón, la Generalitat debe colaborar con el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, con las demás Comunidades Autónomas que tienen fondos compartidos en el mismo y con el Estado a través de los mecanismos que se establezcan de mutuo acuerdo.»
¿Qué artículo establece: «Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de Barcelona se…»?
Disposición adicional decimotercera. Fondos propios y comunes con otros territorios
«Los fondos propios de Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de Barcelona se integran en el sistema de archivos de Cataluña.»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
- Disposición adicional primera · Designación de Senadores
- Disposición adicional segunda · Acuerdos con el Gobierno del Estado
- Disposición adicional tercera · Inversiones en infraestructuras
- Disposición adicional cuarta · Capacidad de financiación
- Disposición adicional quinta · Revisión del régimen especial de Arán
- Disposición adicional sexta · Administración ordinaria
- Disposición adicional séptima · Relación de tributos cedidos
- Disposición adicional octava · Cesión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Disposición adicional novena · Cesión del Impuesto sobre Hidrocarburos, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, del Impuesto sobre la Cerveza, del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas y del Impuesto sobre Productos Intermedios
- Disposición adicional décima · Cesión del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Disposición adicional undécima · Capacidad normativa
- Disposición adicional duodécima · Interpretación armónica
- Disposición adicional decimocuarta · Juegos y apuestas
- Disposición adicional decimoquinta · Transparencia
- Disposición transitoria primera · Adaptación de las leyes y las normas con rango de ley
- Disposición transitoria segunda · Vigencia de disposiciones transitorias anteriores
- Disposición derogatoria
- Disposición final primera · Aplicación de los preceptos del Título VI
- Disposición final segunda · La Agencia Tributaria de Cataluña
- Disposición final tercera · Plazo de creación de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat
- Disposición final cuarta · Relación de entidades económicas y financieras
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.