🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Disposición adicional cuarta del Estatuto de Autonomía de CataluñaCapacidad de financiación
Texto vigente
1. La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat realizará los informes precisos para evaluar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 201.4.
2. Los mecanismos que eventualmente deban establecerse para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 201.4 podrán aplicarse gradualmente hasta alcanzar su objetivo.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional cuarta. Capacidad de financiación (apartado 1)
La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat realizará los informes precisos para evaluar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 201.4.
La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat realizará los informes precisos para evaluar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ________.4.
201
«La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat realizará los informes precisos para evaluar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 201.4.»
¿Qué artículo lleva por título «Capacidad de financiación»?
Disposición adicional cuarta. Capacidad de financiación (apartado 2)
Los mecanismos que eventualmente deban establecerse para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 201.4 podrán aplicarse gradualmente hasta alcanzar su objetivo.
Los mecanismos que eventualmente deban establecerse para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 201.________ podrán aplicarse gradualmente hasta alcanzar su objetivo.
4
«Los mecanismos que eventualmente deban establecerse para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 201.4 podrán aplicarse gradualmente hasta alcanzar su objetivo.»
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