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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Disposición final primera del Estatuto de Autonomía de CataluñaAplicación de los preceptos del Título VI

Texto vigente

1. La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los preceptos del Título VI.

2. Los preceptos del Título VI pueden aplicarse de forma gradual atendiendo a su viabilidad financiera. En todo caso, dicha aplicación debe ser plenamente efectiva en el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición final primera. Aplicación de los preceptos del Título VI (apartado 1)

Disposición final primera · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los preceptos del Título VI.

Completa el hueco2/5

La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat debe concretar, en el plazo de ________ a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los preceptos del Título VI.

Disposición final primera · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

dos años

«La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los preceptos del Título VI.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Aplicación de los preceptos del Título VI»?

Disposición final primera · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Disposición final primera

Información4/5

Disposición final primera. Aplicación de los preceptos del Título VI (apartado 2)

Disposición final primera · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los preceptos del Título VI pueden aplicarse de forma gradual atendiendo a su viabilidad financiera. En todo caso, dicha aplicación debe ser plenamente efectiva en el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto.

Completa el hueco5/5

Los preceptos del Título VI pueden aplicarse de forma gradual atendiendo a su ________ financiera.

Disposición final primera · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

viabilidad

«Los preceptos del Título VI pueden aplicarse de forma gradual atendiendo a su viabilidad financiera.»

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