🏘️ Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local · BOE-A-1985-5392
Artículo 133 de la Ley de Bases del Régimen LocalCriterios de la gestión económico-financiera
Texto vigente
La gestión económico-financiera se ajustará a los siguientes criterios:
a) Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que lo regule.
b) Separación de las funciones de contabilidad y de fiscalización de la gestión económico-financiera.
c) La contabilidad se ajustará en todo caso a las previsiones que en esta materia contiene la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
d) El ámbito en el que se realizará la fiscalización y el control de legalidad presupuestaria será el presupuesto o el estado de previsión de ingresos y gastos, según proceda.
e) Introducción de la exigencia del seguimiento de los costes de los servicios.
f) La asignación de recursos, con arreglo a los principios de eficacia y eficiencia, se hará en función de la definición y el cumplimiento de objetivos.
g) La administración y rentabilización de los excedentes líquidos y la concertación de operaciones de tesorería se realizarán de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto y el plan financiero aprobado.
h) Todos los actos, documentos y expedientes de la Administración municipal y de todas las entidades dependientes de ella, sea cual fuere su naturaleza jurídica, de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico estarán sujetos al control y fiscalización interna por el órgano que se determina en esta Ley, en los términos establecidos en los artículos 194 a 203 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Flashcards de este artículo
Artículo 133. Criterios de la gestión económico-financiera (1/3)
La gestión económico-financiera se ajustará a los siguientes criterios: • a) Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que lo regule. • b) Separación de las funciones de contabilidad y de fiscalización de la gestión económico-financiera. • c) La contabilidad se ajustará en todo caso a las previsiones que en esta materia contiene la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales. • d) El ámbito en el que se realizará la fiscalización y el control de legalidad presupuestaria será el presupuesto o el estado de previsión de ingresos y gastos, según proceda.
La gestión económico-financiera se ajustará a los siguientes ________:
criterios
«La gestión económico-financiera se ajustará a los siguientes criterios:»
¿Qué artículo lleva por título «Criterios de la gestión económico-financiera»?
Artículo 133. Criterios de la gestión económico-financiera (2/3)
• e) Introducción de la exigencia del seguimiento de los costes de los servicios. • f) La asignación de recursos, con arreglo a los principios de eficacia y eficiencia, se hará en función de la definición y el cumplimiento de objetivos. • g) La administración y rentabilización de los excedentes líquidos y la concertación de operaciones de tesorería se realizarán de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto y el plan financiero aprobado.
________ del objetivo de estabilidad presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que lo regule.
Cumplimiento
«Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que lo regule.»
Otros artículos de TÍTULO IX. Organizaciones para la cooperación entre las Administraciones Públi…
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- Artículo 118
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- Artículo 120
- Artículo 120 bis
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 121 · Ámbito de aplicación
- CAPÍTULO II
- Artículo 122 · Organización del Pleno
- Artículo 123 · Atribuciones del Pleno
- Artículo 124 · El Alcalde
- Artículo 125 · Los Tenientes de Alcalde
- Artículo 126 · Organización de la Junta de Gobierno Local
- Artículo 127 · Atribuciones de la Junta de Gobierno Local
- Artículo 128 · Los distritos
- Artículo 129 · La asesoría jurídica
- Artículo 130 · Órganos superiores y directivos
- Artículo 131 · El Consejo Social de la Ciudad
- Artículo 132 · Defensa de los derechos de los vecinos
- CAPÍTULO III
- Artículo 134 · Órgano u órganos de gestión económico-financiera y presupuestaria
- Artículo 135 · Órgano de Gestión Tributaria
- Artículo 136 · Órgano responsable del control y de la fiscalización interna
- Artículo 137 · Órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.