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🌍 LO 4/2000 de extranjería · BOE-A-2000-544

Artículo 12 de la Ley de Extranjería (LO 4/2000)Derecho a la asistencia sanitaria

Texto vigente

Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 03/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 12. Derecho a la asistencia sanitaria

Artículo 12 · LO 4/2000 de extranjería
Contenido1/4

Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.

Completa el hueco2/4

Los ________ tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.

Artículo 12 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta2/4

extranjeros

«Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Derecho a la asistencia sanitaria»?

Artículo 12 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta3/4

Artículo 12

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria»?

Artículo 12 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta4/4

Artículo 12. Derecho a la asistencia sanitaria

«Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 24/04/2012 por BOE-A-2012-5403.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (13/12/2009):

1. Los extranjeros que se encuentren en España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica. 3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren términos previstos en España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 4. Las extranjeras embarazadas que se encuentren legislación vigente en España tienen derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto. materia sanitaria.

  1. Vigente desde 01/02/2000 · redacción original
  2. Vigente desde 13/12/2009 · modificado por BOE-A-2009-19949
  3. Vigente desde 24/04/2012 · modificado por BOE-A-2012-5403

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