🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673
Disposición adicional vigésima tercera de la LO 3/2018 de Protección de DatosModelos de presentación de reclamaciones
Texto vigente
La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que ésta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.
Los modelos serán publicados en el ''Boletín Oficial del Estado'' y en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos y serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación en el ''Boletín Oficial del Estado''.»
Flashcards de este artículo
Disposición adicional vigésima tercera. Modelos de presentación de reclamaciones
La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que ésta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Los modelos serán publicados en el ''Boletín Oficial del Estado'' y en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos y serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación en el ''Boletín Oficial del Estado''.»
La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que ésta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados ________ de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.
independientemente
«La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que ésta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.»
¿Qué artículo lleva por título «Modelos de presentación de reclamaciones»?
Disposición adicional vigésima tercera
Los modelos serán publicados en el ''Boletín Oficial del Estado'' y en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos y serán de obligado ________ al mes de su publicación en el ''Boletín Oficial del Estado''.»
cumplimiento
«Los modelos serán publicados en el ''Boletín Oficial del Estado'' y en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos y serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación en el ''Boletín Oficial del Estado''.»»
¿Qué artículo establece: «La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en…»?
Disposición adicional vigésima tercera. Modelos de presentación de reclamaciones
«La Agencia Española de Protección de Datos podrá establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la misma en todos los ámbitos en los que ésta tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.»
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- Disposición adicional decimoséptima · Tratamientos de datos de salud
- Disposición adicional decimoctava · Criterios de seguridad
- Disposición adicional decimonovena · Derechos de los menores ante Internet
- Disposición adicional vigésima · Especialidades del régimen jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos
- Disposición adicional vigésima primera · Educación digital
- Disposición adicional vigésima segunda · Acceso a los archivos públicos y eclesiásticos
- Disposición transitoria primera · Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos
- Disposición transitoria segunda · Códigos tipo inscritos en las autoridades de protección de datos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
- Disposición transitoria tercera · Régimen transitorio de los procedimientos
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.