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🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673

Disposición adicional vigésima segunda de la LO 3/2018 de Protección de DatosAcceso a los archivos públicos y eclesiásticos

Texto vigente

Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con ocasión de investigaciones policiales o judiciales de personas desaparecidas, debiendo atender las solicitudes con prontitud y diligencia las instituciones o congregaciones religiosas a las que se realicen las peticiones de acceso.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición adicional vigésima segunda. Acceso a los archivos públicos y eclesiásticos

Disposición adicional vigésima segunda · LO 3/2018 de Protección de Datos
Contenido1/4

Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con ocasión de investigaciones policiales o judiciales de personas desaparecidas, debiendo atender las solicitudes con prontitud y diligencia las instituciones o congregaciones religiosas a las que se realicen las peticiones de acceso.

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Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con ocasión de ________ policiales o judiciales de personas desaparecidas, debiendo atender las solicitudes con prontitud y diligencia las instituciones o congregaciones religiosas a las que se realicen las peticiones de acceso.

Disposición adicional vigésima segunda · LO 3/2018 de Protección de Datos
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investigaciones

«Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con ocasión de investigaciones policiales o judiciales de personas desaparecidas, debiendo atender las solicitudes con prontitud y diligencia las instituciones o congregaciones religiosas a las que se realicen las peticiones de acceso.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Acceso a los archivos públicos y eclesiásticos»?

Disposición adicional vigésima segunda · LO 3/2018 de Protección de Datos
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Disposición adicional vigésima segunda

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con…»?

Disposición adicional vigésima segunda · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta4/4

Disposición adicional vigésima segunda. Acceso a los archivos públicos y eclesiásticos

«Las autoridades públicas competentes facilitarán el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos en relación con los datos que se soliciten con ocasión de investigaciones policiales o judiciales de personas desaparecidas, debiendo atender las solicitudes con prontitud y diligencia las instituciones o congregaciones religiosas a las que se realicen las peticiones de acceso.»

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