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🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673

Disposición adicional cuarta de la LO 3/2018 de Protección de DatosProcedimiento en relación con las competencias atribuidas a la Agencia Española de Protección de Datos por otras leyes

Texto vigente

Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los procedimientos que la Agencia Española de Protección de Datos hubiera de tramitar en ejercicio de las competencias que le fueran atribuidas por otras leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional cuarta. Procedimiento en relación con las competencias atribuidas a la Agencia Española de Protección de Datos por otras leyes

Disposición adicional cuarta · LO 3/2018 de Protección de Datos
Contenido1/4

Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los procedimientos que la Agencia Española de Protección de Datos hubiera de tramitar en ejercicio de las competencias que le fueran atribuidas por otras leyes.

Completa el hueco2/4

Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los ________ que la Agencia Española de Protección de Datos hubiera de tramitar en ejercicio de las competencias que le fueran atribuidas por otras leyes.

Disposición adicional cuarta · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta2/4

procedimientos

«Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los procedimientos que la Agencia Española de Protección de Datos hubiera de tramitar en ejercicio de las competencias que le fueran atribuidas por otras leyes.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Procedimiento en relación con las competencias atribuidas a la Agencia Española de Protección de Datos por otras leyes»?

Disposición adicional cuarta · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta3/4

Disposición adicional cuarta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los procedimientos que la Agencia Española…»?

Disposición adicional cuarta · LO 3/2018 de Protección de Datos
Respuesta4/4

Disposición adicional cuarta. Procedimiento en relación con las competencias atribuidas a la Agencia Española de Protección de Datos por otras leyes

«Lo dispuesto en el Título VIII y en sus normas de desarrollo será de aplicación a los procedimientos que la Agencia Española de Protección de Datos hubiera de tramitar en ejercicio de las competencias que le fueran atribuidas por otras leyes.»

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