🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673
Disposición adicional decimoquinta de la LO 3/2018 de Protección de DatosRequerimiento de información por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Texto vigente
Cuando no haya podido obtener por otros medios la información necesaria para realizar sus labores de supervisión e inspección relacionadas con la detección de delitos graves, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá recabar de los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público y de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, los datos que obren en su poder relativos a la comunicación electrónica o servicio de la sociedad de la información proporcionados por dichos prestadores que sean distintos a su contenido y resulten imprescindibles para el ejercicio de dichas labores.
La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional decimoquinta. Requerimiento de información por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (1/2)
Cuando no haya podido obtener por otros medios la información necesaria para realizar sus labores de supervisión e inspección relacionadas con la detección de delitos graves, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá recabar de los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público y de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, los datos que obren en su poder relativos a la comunicación electrónica o servicio de la sociedad de la información proporcionados por dichos prestadores que sean distintos a su contenido y resulten imprescindibles para el ejercicio de dichas labores.
La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de ________ judicial otorgada conforme a las normas procesales.
autorización
«La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales.»
¿Qué artículo lleva por título «Requerimiento de información por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores»?
Disposición adicional decimoquinta
Disposición adicional decimoquinta. Requerimiento de información por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (2/2)
La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales.
¿Qué artículo establece: «La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales»?
Disposición adicional decimoquinta. Requerimiento de información por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
«La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Cuando no haya podido obtener por otros medios la información necesaria para realizar sus labores de supervisión o inspección, e inspección relacionadas con la detección de delitos graves, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá recabar de los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público y de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, los datos que obren en su poder relativos a la comunicación electrónica o servicio de la sociedad de la información proporcionados por dichos prestadores que sean distintos a su contenido y resulten imprescindibles para el ejercicio de dichas labores. La cesión de estos datos requerirá la previa obtención de autorización judicial otorgada conforme a las normas procesales. Quedan excluidos de lo previsto en este apartado los datos de tráfico que los operadores estuviesen tratando con la exclusiva finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones previstas en la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
- Vigente desde 07/12/2018 · redacción original
- Vigente desde 16/06/2021 · modificado por BOE-A-2021-8806
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