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💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760

Disposición transitoria primera de la LO 1/2004 de violencia de géneroAplicación de medidas

Texto vigente

Los procesos civiles o penales relacionados con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán siendo competencia de los órganos que vinieran conociendo de los mismos hasta su conclusión por sentencia firme.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición transitoria primera. Aplicación de medidas

Disposición transitoria primera · LO 1/2004 de violencia de género
Contenido1/4

Los procesos civiles o penales relacionados con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán siendo competencia de los órganos que vinieran conociendo de los mismos hasta su conclusión por sentencia firme.

Completa el hueco2/4

Los procesos civiles o penales ________ con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán siendo competencia de los órganos que vinieran conociendo de los mismos hasta su conclusión por sentencia firme.

Disposición transitoria primera · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta2/4

relacionados

«Los procesos civiles o penales relacionados con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán siendo competencia de los órganos que vinieran conociendo de los mismos hasta su conclusión por sentencia firme.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Aplicación de medidas»?

Disposición transitoria primera · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta3/4

Disposición transitoria primera

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los procesos civiles o penales relacionados con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de…»?

Disposición transitoria primera · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta4/4

Disposición transitoria primera. Aplicación de medidas

«Los procesos civiles o penales relacionados con la violencia de género que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley continuarán siendo competencia de los órganos que vinieran conociendo de los mismos hasta su conclusión por sentencia firme.»

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