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💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760

Disposición adicional undécima de la LO 1/2004 de violencia de géneroEvaluación de la aplicación de la Ley

Texto vigente

El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional undécima. Evaluación de la aplicación de la Ley

Disposición adicional undécima · LO 1/2004 de violencia de género
Contenido1/4

El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.

Completa el hueco2/4

El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los ________ de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.

Disposición adicional undécima · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta2/4

tres años

«El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Evaluación de la aplicación de la Ley»?

Disposición adicional undécima · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta3/4

Disposición adicional undécima

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará…»?

Disposición adicional undécima · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta4/4

Disposición adicional undécima. Evaluación de la aplicación de la Ley

«El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.»

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