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💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760

Disposición adicional cuarta de la LO 1/2004 de violencia de géneroModificación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo

Texto vigente

Uno. Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedará redactado de la siguiente forma:

«b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, de la igualdad entre hombres y mujeres y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.»

Dos. Se modifica la letra e) y se añade la letra l) en el apartado 3 del artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedarán redactadas de la siguiente forma:

«e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático y las habilidades y técnica en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos.

l) La formación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.»

Tres. Se modifica el apartado 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedará redactada de la siguiente forma:

«3. La metodología didáctica de la formación profesional específica promoverá la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos. Asimismo, favorecerá en el alumno la capacidad para aprender por sí mismo y para trabajar en equipo, así como la formación en la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.»

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (1/3)

Disposición adicional cuarta · LO 1/2004 de violencia de género
Contenido1/5

Uno. Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedará redactado de la siguiente forma: «b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, de la igualdad entre hombres y mujeres y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.»

Completa el hueco2/5

Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/________, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedará redactado de la siguiente forma:

Disposición adicional cuarta · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta2/5

1990

«Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedará redactado de la siguiente forma:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Modificación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo»?

Disposición adicional cuarta · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta3/5

Disposición adicional cuarta

Información4/5

Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (2/3)

Disposición adicional cuarta · LO 1/2004 de violencia de género
Contenido4/5

Dos. Se modifica la letra e) y se añade la letra l) en el apartado 3 del artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que quedarán redactadas de la siguiente forma: «e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático y las habilidades y técnica en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos. • l) La formación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.»

Completa el hueco5/5

«b) La formación en el respeto de los derechos y libertades ________, de la igualdad entre hombres y mujeres y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.»

Disposición adicional cuarta · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta5/5

fundamentales

««b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, de la igualdad entre hombres y mujeres y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.»»

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