Ir al generador

💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760

Disposición adicional segunda de la LO 1/2004 de violencia de géneroProtocolos de actuación

Texto vigente

El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género. Estos protocolos deberán prestar especial atención a la violencia vicaria.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Disposición adicional segunda. Protocolos de actuación

Disposición adicional segunda · LO 1/2004 de violencia de género
Contenido1/5

El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género. Estos protocolos deberán prestar especial atención a la violencia vicaria.

Completa el hueco2/5

El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido ________ en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género.

Disposición adicional segunda · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta2/5

competencias

«El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Protocolos de actuación»?

Disposición adicional segunda · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta3/5

Disposición adicional segunda

Completa el hueco4/5

Estos ________ deberán prestar especial atención a la violencia vicaria.

Disposición adicional segunda · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta4/5

protocolos

«Estos protocolos deberán prestar especial atención a la violencia vicaria.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una…»?

Disposición adicional segunda · LO 1/2004 de violencia de género
Respuesta5/5

Disposición adicional segunda. Protocolos de actuación

«El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 07/10/2022 por BOE-A-2022-14630.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (28/01/2005):

El Gobierno y las Comunidades Autónomas, comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de justicia, organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses de modo que cuenten con unidades de valoración forense integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género. Estos protocolos deberán prestar especial atención a la violencia vicaria.

  1. Vigente desde 28/01/2005 · redacción original
  2. Vigente desde 07/10/2022 · modificado por BOE-A-2022-14630

Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales