🚓 BOE-A-2015-8468 · Texto consolidado del BOE (30/04/2026)
Plazos de la LO 9/2015 de personal de la Policía Nacional: tabla con todos los plazos y cifras
Los plazos, edades y mayorías que aparecen en la LO 9/2015 de personal de la Policía Nacional, copiados literalmente del BOE con su artículo. Los plazos son de lo que más cae en los exámenes: repásalos aquí y conviértelos en flashcards.
CifraQué dice la leyArtículo
🎂 Edadsesenta y cinco añosb) Forzosa, que se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.Artículo 5Pérdida de la condición de funcionario de carrera
⏱️ Plazotres mesesLa renuncia voluntaria a la condición de funcionario de carrera habrá de ser manifestada por escrito y será aceptada expresamente por la administración en el plazo máximo de tres meses, salvo que el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito doloso.Artículo 5Pérdida de la condición de funcionario de carrera
⏱️ Plazodos añosEl ejercicio de actividades conexas con las funciones que hayan venido realizando durante los dos años inmediatamente anteriores al pase a la situación de segunda actividad quedará sometido a la previa autorización del Director General de la Policía durante un plazo de dos años, contado desde el día siguiente al de la fecha de pase a dicha situación.Artículo 15Incompatibilidades
🎂 Edad18 añosb) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.Artículo 26Requisitos
⏱️ Plazotres añosQuienes realicen los cursos de altos estudios profesionales adquirirán un compromiso de permanencia en la situación de servicio activo o de servicios especiales por un periodo mínimo de tres años, a partir de la finalización de los estudios.Artículo 35Altos estudios profesionales
⏱️ Plazodos añosPara poder concurrir a las pruebas de ascenso por la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir al menos dos años de servicios efectivos en la categoría que ostenten.Artículo 42Concurso-oposición
⏱️ Plazocinco añosEl Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, fijará, con vigencia para períodos de cinco años, la plantilla reglamentaria para las distintas categorías.Artículo 44Plantilla del personal de la Policía Nacional
⏱️ Plazodos añosNo se podrá participar en los concursos que se convoquen dentro de los dos años siguientes a la toma de posesión del último destino obtenido por concurso general o específico de méritos, salvo las excepciones que se establezcan reglamentariamente.Artículo 48Reglas y garantías para la provisión de puestos de trabajo
⏱️ Plazoun añoNo obstante lo anterior, en el supuesto de atribución de destinos con carácter forzoso, quienes los obtengan podrán concursar a otras vacantes una vez transcurrido un año a partir de la fecha de toma de posesión.Artículo 48Reglas y garantías para la provisión de puestos de trabajo
⏱️ Plazodos añosEn este caso, tendrán preferencia, durante dos años y por una sola vez, para obtener un nuevo puesto de trabajo vacante que se convocase dentro de dicho plazo por concurso general de méritos en cualquier plantilla.Artículo 48Reglas y garantías para la provisión de puestos de trabajo
⏱️ Plazoun añoseis mesesEn todo caso, una vez transcurrido un año desde el inicio de la comisión de servicios, deberá publicarse, dentro de los seis meses siguientes, la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo según el sistema establecido.Artículo 49Movilidad
⏱️ Plazodos añosLos Policías Nacionales adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos de trabajo del nivel correspondiente, durante dos años continuados o tres con interrupción.Artículo 50Grado personal
⏱️ Plazodos añosNo obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando obtengan un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal consolidado, consolidarán cada dos años de servicios continuados el grado superior en dos niveles al que poseyesen, sin que en ningún caso puedan superar el correspondiente al del puesto desempeñado, ni el intervalo de niveles correspondiente a su escala.Artículo 50Grado personal
⏱️ Plazocinco añosLos Policías Nacionales podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan estado en las situaciones de servicio activo o servicios especiales en cualquiera de las administraciones públicas durante un período mínimo de cinco años, inmediatamente anteriores a la petición.Artículo 58Excedencia voluntaria por interés particular
⏱️ Plazoun añoEl período mínimo de permanencia en esta situación será de un año, transcurrido el cual podrá solicitar su reingreso al servicio activo.Artículo 58Excedencia voluntaria por interés particular
⏱️ Plazoun añoEn esta situación se permanecerá un tiempo mínimo de un año, a partir del cual podrá solicitarse el reingreso al servicio activo.Artículo 59Excedencia voluntaria por agrupación familiar
⏱️ Plazotres añosLos Policías Nacionales tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.Artículo 60Excedencia por cuidado de familiares
🎂 Edadtres añosTambién tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de un familiar que se encuentre a su cargo, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.Artículo 60Excedencia por cuidado de familiares
⏱️ Plazodos añosEl puesto de trabajo desempeñado se reservará, al menos, durante dos años.Artículo 60Excedencia por cuidado de familiares
⏱️ Plazoseis mesesLas funcionarias en esta situación podrán participar en los cursos de formación que se convoquen y, durante dicho plazo de seis meses, prorrogables en los términos expresados en el párrafo siguiente, en los procesos de promoción interna.Artículo 61Excedencia por razón de violencia de género
⏱️ Plazotres mesesCuando las actuaciones judiciales lo exigieran, se podrá prorrogar este período por tres meses, hasta un máximo de dieciocho, con idénticos efectos a los señalados anteriormente, a fin de garantizar la efectividad del derecho de protección de la víctima.Artículo 61Excedencia por razón de violencia de género
⏱️ Plazoseis mesesCuando supere los seis meses, determinará la pérdida del puesto de trabajo.Artículo 64Suspensión firme
⏱️ Plazotres mesesseis mesesEl tiempo de suspensión provisional, como consecuencia de un expediente disciplinario, por hechos que no son objeto de procedimiento penal, no podrá exceder de tres meses en caso de faltas graves, y de seis meses, en caso de faltas muy graves, salvo paralización del procedimiento imputable al interesado.Artículo 65Suspensión provisional
⏱️ Plazoveinticinco añosc) Por petición propia, tras haber cumplido veinticinco años efectivos en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia forzosa en la Policía Nacional, o cuerpos asimilados o integrados, en los términos establecidos en el artículo 69.Artículo 67Causas
⏱️ Plazo60 añosc) Escala Subinspección: 60 años.Artículo 69Pase a segunda actividad por petición propia
⏱️ Plazoveinticinco añosTambién podrán pasar a la situación de segunda actividad, por petición propia, los Policías Nacionales que hubieren cumplido veinticinco años efectivos en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia forzosa en la Policía Nacional, o cuerpos asimilados o integrados.Artículo 69Pase a segunda actividad por petición propia
⏱️ Plazoveinte añosLos Policías Nacionales que pasen a la situación de segunda actividad en virtud de lo establecido en el artículo 69.1 y no cuenten en total con veinte años efectivos en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia forzosa en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, experimentarán una reducción en las retribuciones económicas a percibir en dicha situación, de acuerdo con la escala que…Artículo 74Peculiaridades retributivas
🎂 Edadveinte añosCuando, superado el tiempo mínimo de servicios señalados en el apartado anterior, no se hubieren completado veinte años de servicio efectivo al cumplir la edad de pase a aquella situación se percibirán en su totalidad las retribuciones básicas.Artículo 74Peculiaridades retributivas
⏱️ Plazoveinte añosLas retribuciones complementarias que correspondan a esta situación sufrirán una reducción en función del tiempo que reste para cumplir los veinte años de servicios efectivos, de acuerdo con la escala que reglamentariamente se establezca.Artículo 74Peculiaridades retributivas
⏱️ Plazotreinta y cinco añosPodrá otorgarse la distinción de funcionario honorario de la Policía Nacional, con la categoría que se poseyera al cesar en el servicio activo, a los funcionarios del citado cuerpo que lo soliciten en el momento de pasar a la jubilación, siempre que se hubiesen distinguido por una labor meritoria y una trayectoria relevante, y hubiesen prestado como mínimo treinta y cinco años de servicios efectivos y carezcan en …Artículo 86Funcionarios y miembros honorarios
⏱️ Plazodiez díasSólo se podrán rechazar, mediante resolución motivada, aquellos estatutos que carezcan de los requisitos mínimos a que se refiere el apartado anterior cuyos defectos no hubieran sido subsanados en el plazo de diez días a partir del requerimiento practicado al efecto.Artículo 88Constitución de organizaciones sindicales
⏱️ Plazosetenta y dos horasLa autorización deberá solicitarse con una antelación mínima de setenta y dos horas, y en la misma se hará constar la fecha, hora y lugar de la reunión.Artículo 93Ejercicio de actividades sindicales
⏱️ Plazoveinticuatro horasLa resolución correspondiente deberá notificarse, al menos, veinticuatro horas antes de la prevista para la reunión, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2.Artículo 93Ejercicio de actividades sindicales
⏱️ Plazocuatro añosLa duración del mandato de los Consejeros será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos en sucesivos procesos electorales.Artículo 95Elecciones y mandato
⏱️ Plazocinco añosLas titulaciones a que se refiere el artículo 41.3 para acceder por promoción interna a la categoría superior a la que se ostente, se exigirán una vez transcurridos cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley Orgánica.Disposición transitoria primeraRégimen transitorio de exigencia de titulaciones
⏱️ Plazo60 añosa) Escala Superior: 60 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo56 añosb) Escala Ejecutiva: 56 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo55 añosc) Escala Subinspección: 55 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo55 añosd) Escala Básica: 55 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo62 añosa) Escala Superior: 62 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo58 añosb) Escala Ejecutiva: 58 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo58 añosc) Escala Subinspección: 58 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazo58 añosd) Escala Básica: 58 años.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
⏱️ Plazoun mesSe entenderá que el funcionario se acoge automáticamente a la opción de continuar en servicio activo que le corresponda, de entre las previstas en esta disposición, si en el plazo de un mes desde la recepción de la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, no hubiere manifestado por escrito su voluntad de pasar a la situación de segunda actividad.Disposición transitoria terceraRégimen transitorio de pase a la situación de segunda actividad
🎂 Edadsesenta y cinco añosLos funcionarios de la Policía Nacional que, acogiéndose a la opción prevista en el artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2011, de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, hubieran optado por permanecer en servicio activo, podrán continuar en esa situación hasta el cumplimiento de los sesen…Disposición transitoria cuartaRégimen transitorio de permanencia en el servicio activo de los miembros de la Policía Nacional acogidos a la opción del artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2011
⏱️ Plazo5 añosPara el ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional se reservará un máximo del 20 por ciento de las plazas para los militares profesionales de tropa y marinería que lleven 5 años de servicios como tales.»Disposición final terceraModificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería
⏱️ Plazoveinte díasEsta Ley Orgánica entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto el apartado uno de la disposición final primera, que lo hará el día siguiente al de dicha publicación.Disposición final undécimaEntrada en vigor
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