Ir al generador

🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202

Artículo 46 del Reglamento de Armas

Texto vigente

1. Para destinar un establecimiento a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente autorización, que será expedida por el Gobernador civil de la provincia, si el solicitante tiene la condición de armero con arreglo al artículo 10 de este Reglamento, atendidas las preceptivas condiciones de seguridad del local. Tales condiciones de seguridad deberán ser aprobadas por el Gobernador civil, previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

2. Concedida la autorización, el Gobierno Civil lo comunicará a la Dirección General de la Guardia Civil y a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente.

3. Dicha autorización tendrá carácter personal e intransferible ; se extinguirá y habrá de ser nuevamente solicitada, siempre que se haya producido alteración de las circunstancias objetivas o subjetivas determinantes de su concesión y vigencia.

4. Lo dispuesto en el presente artículo respecto al titular del establecimiento, se entenderá referido, cuando se trate de personas jurídicas, a sus representantes legales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 46 (apartado 1)

Artículo 46 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Contenido1/5

Para destinar un establecimiento a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente autorización, que será expedida por el Gobernador civil de la provincia, si el solicitante tiene la condición de armero con arreglo al artículo 10 de este Reglamento, atendidas las preceptivas condiciones de seguridad del local. Tales condiciones de seguridad deberán ser aprobadas por el Gobernador civil, previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

Completa el hueco2/5

Para destinar un ________ a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente autorización, que será expedida por el Gobernador civil de la provincia, si el solicitante tiene la condición de armero con arreglo al artículo 10 de este Reglamento, atendidas las preceptivas condiciones de seguridad del local.

Artículo 46 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta2/5

establecimiento

«Para destinar un establecimiento a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente autorización, que será expedida por el Gobernador civil de la provincia, si el solicitante tiene la condición de armero con arreglo al artículo 10 de este Reglamento, atendidas las preceptivas condiciones de seguridad del local.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Para destinar un establecimiento a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente…»?

Artículo 46 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta3/5

Artículo 46

«Para destinar un establecimiento a la exposición permanente o a la venta de armas de fuego al público, es precisa la correspondiente autorización, que será expedida por el Gobernador civil de la provincia, si el solicitante tiene la condición de armero con arreglo al artículo 10 de este Reglamento, atendidas las preceptivas condiciones de seguridad del local.»
Información4/5

Artículo 46 (apartado 2)

Artículo 46 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Contenido4/5

Concedida la autorización, el Gobierno Civil lo comunicará a la Dirección General de la Guardia Civil y a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente.

Completa el hueco5/5

Tales ________ de seguridad deberán ser aprobadas por el Gobernador civil, previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

Artículo 46 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta5/5

condiciones

«Tales condiciones de seguridad deberán ser aprobadas por el Gobernador civil, previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil.»

Otros artículos de Armerías y otros establecimientos