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🎯 Reglamento de Armas (RD 137/1993) · BOE-A-1993-6202

Artículo 53 del Reglamento de Armas

Texto vigente

1. La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.

2. Cuando la entrega hubiera de efectuarse a compradores en localidad distinta a aquella en que radique el establecimiento vendedor, será la Intervención de Armas correspondiente al lugar en que hayan de recogerla la encargada de cumplimentar los trámites.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 53 (apartado 1)

Artículo 53 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Contenido1/5

La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.

Completa el hueco2/5

La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su ________ y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.

Artículo 53 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta2/5

establecimiento

«La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento…»?

Artículo 53 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta3/5

Artículo 53

«La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.»
Información4/5

Artículo 53 (apartado 2)

Artículo 53 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Contenido4/5

Cuando la entrega hubiera de efectuarse a compradores en localidad distinta a aquella en que radique el establecimiento vendedor, será la Intervención de Armas correspondiente al lugar en que hayan de recogerla la encargada de cumplimentar los trámites.

Completa el hueco5/5

Cuando la entrega hubiera de efectuarse a compradores en localidad distinta a aquella en que radique el ________ vendedor, será la Intervención de Armas correspondiente al lugar en que hayan de recogerla la encargada de cumplimentar los trámites.

Artículo 53 · Reglamento de Armas (RD 137/1993)
Respuesta5/5

establecimiento

«Cuando la entrega hubiera de efectuarse a compradores en localidad distinta a aquella en que radique el establecimiento vendedor, será la Intervención de Armas correspondiente al lugar en que hayan de recogerla la encargada de cumplimentar los trámites.»

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