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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Disposición transitoria quinta de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalRégimen transitorio de los funcionarios de la Policía Nacional que ostentan la condición de reservista voluntario

Texto vigente

Los funcionarios de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario podrán conservar la misma hasta su pérdida por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente en la materia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de los funcionarios de la Policía Nacional que ostentan la condición de reservista voluntario

Disposición transitoria quinta · LO 9/2015
Contenido1/4

Los funcionarios de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario podrán conservar la misma hasta su pérdida por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente en la materia.

Completa el hueco2/4

Los ________ de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario podrán conservar la misma hasta su pérdida por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente en la materia.

Disposición transitoria quinta · LO 9/2015
Respuesta2/4

funcionarios

«Los funcionarios de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario podrán conservar la misma hasta su pérdida por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente en la materia.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Régimen transitorio de los funcionarios de la Policía Nacional que ostentan la condición de reservista voluntario»?

Disposición transitoria quinta · LO 9/2015
Respuesta3/4

Disposición transitoria quinta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los funcionarios de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario…»?

Disposición transitoria quinta · LO 9/2015
Respuesta4/4

Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de los funcionarios de la Policía Nacional que ostentan la condición de reservista voluntario

«Los funcionarios de la Policía Nacional que, a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, ostenten la condición de reservista voluntario podrán conservar la misma hasta su pérdida por cualquiera de las causas previstas en la normativa vigente en la materia.»

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