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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Disposición adicional quinta de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalReferencias normativas

Texto vigente

A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional quinta. Referencias normativas

Disposición adicional quinta · LO 9/2015
Contenido1/4

A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.

Completa el hueco2/4

A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las ________ al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.

Disposición adicional quinta · LO 9/2015
Respuesta2/4

referencias

«A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Referencias normativas»?

Disposición adicional quinta · LO 9/2015
Respuesta3/4

Disposición adicional quinta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación…»?

Disposición adicional quinta · LO 9/2015
Respuesta4/4

Disposición adicional quinta. Referencias normativas

«A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.»

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