🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468
Disposición adicional quinta de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalReferencias normativas
Texto vigente
A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional quinta. Referencias normativas
A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.
A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las ________ al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.
referencias
«A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.»
¿Qué artículo lleva por título «Referencias normativas»?
¿Qué artículo establece: «A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación…»?
Disposición adicional quinta. Referencias normativas
«A partir de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, las referencias al Cuerpo Nacional de Policía contenidas en la legislación vigente se considerarán hechas, igualmente, a la Policía Nacional.»
Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales
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- Disposición transitoria quinta · Régimen transitorio de los funcionarios de la Policía Nacional que ostentan la condición de reservista voluntario
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- Disposición final tercera · Modificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería
- Disposición final cuarta · Modificación de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo
- Disposición final quinta · Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
- Disposición final séptima · Modificación de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil
- Disposición final octava · Título competencial
- Disposición final novena · Desarrollo reglamentario
- Disposición final décima · Carácter de ley orgánica
- Disposición final undécima · Entrada en vigor
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.