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🌍 LO 4/2000 de extranjería · BOE-A-2000-544

Artículo 50 de la Ley de Extranjería (LO 4/2000)La potestad sancionadora

Texto vigente

El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 03/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 50. La potestad sancionadora

Artículo 50 · LO 4/2000 de extranjería
Contenido1/4

El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Completa el hueco2/4

El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/________, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 50 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta2/4

1992

«El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «La potestad sancionadora»?

Artículo 50 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta3/4

Artículo 50

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a…»?

Artículo 50 · LO 4/2000 de extranjería
Respuesta4/4

Artículo 50. La potestad sancionadora

«El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley Orgánica, se ajustará a la dispuesto en la misma y en sus disposiciones de desarrollo, y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 23/01/2001 por BOE-A-2000-23660.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/02/2000):

Son infracciones muy graves: a) Participar en actividades contrarias a El ejercicio de la seguridad exterior del Estado o realizar cualquier tipo potestad sancionadora por la comisión de actividades que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países. b) Participar en actividades contrarias al orden público infracciones administrativas previstas como muy graves en la presente Ley Orgánica sobre Protección de Orgánica, se ajustará a la Seguridad Ciudadana. c) Inducir, promover, favorecer o facilitar, formando parte de una organización con ánimo de lucro, dispuesto en la inmigración clandestina de personas misma y en tránsito o con destino al territorio español. d) La realización de conductas sus disposiciones de discriminación por motivos raciales, étnicos, nacionales o religiosos, en los términos previstos desarrollo, y en el artículo 21 de la presente Ley. e) La contratación o utilización habitual de trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo la correspondiente autorización para contratarlos. f) La comisión de una tercera infracción grave siempre que en un plazo Ley 30/1992, de dos años anteriores hubiera sido sancionado por dos faltas graves Régimen Jurídico de la misma naturaleza. las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  1. Vigente desde 01/02/2000 · redacción original
  2. Vigente desde 23/01/2001 · modificado por BOE-A-2000-23660

Otros artículos de TÍTULO III. De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancion…