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🦺 Ley 5/2014 de Seguridad Privada · BOE-A-2014-3649

Disposición transitoria segunda de la Ley de Seguridad PrivadaPersonal de centrales receptoras de alarmas

Texto vigente

Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus funciones sin necesidad de obtener ninguna acreditación específica.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 26/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición transitoria segunda. Personal de centrales receptoras de alarmas

Disposición transitoria segunda · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido1/4

Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus funciones sin necesidad de obtener ninguna acreditación específica.

Completa el hueco2/4

Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus funciones sin necesidad de obtener ninguna ________ específica.

Disposición transitoria segunda · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta2/4

acreditación

«Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus funciones sin necesidad de obtener ninguna acreditación específica.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Personal de centrales receptoras de alarmas»?

Disposición transitoria segunda · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta3/4

Disposición transitoria segunda

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus…»?

Disposición transitoria segunda · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta4/4

Disposición transitoria segunda. Personal de centrales receptoras de alarmas

«Quienes a la entrada en vigor de esta ley estuvieran desempeñando su actividad en centrales receptoras de alarmas, podrán continuar desarrollando sus funciones sin necesidad de obtener ninguna acreditación específica.»

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