🦺 Ley 5/2014 de Seguridad Privada · BOE-A-2014-3649
Disposición final cuarta de la Ley de Seguridad PrivadaEntrada en vigor
Texto vigente
Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Flashcards de este artículo
Disposición final cuarta. Entrada en vigor
Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta ley entrará en vigor a los ________ de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
dos meses
«Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
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Disposición final cuarta. Entrada en vigor
«Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»
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- Disposición transitoria segunda · Personal de centrales receptoras de alarmas
- Disposición transitoria tercera · Ingenieros y técnicos de las empresas de seguridad
- Disposición transitoria cuarta · Plazos de adecuación
- Disposición transitoria quinta · Actividad de planificación y asesoramiento
- Disposición derogatoria única · Derogación normativa
- Disposición final primera · Título competencial
- Disposición final segunda · Procedimiento administrativo
- Disposición final tercera · Desarrollo normativo
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.