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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 62 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsOrganización

Texto vigente

Los Consejos Insulares establecerán su organización de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto. Una ley del Parlamento regulará su organización.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 62. Organización

Artículo 62 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/4

Los Consejos Insulares establecerán su organización de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto. Una ley del Parlamento regulará su organización.

Completa el hueco2/4

Los Consejos Insulares establecerán su ________ de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto.

Artículo 62 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/4

organización

«Los Consejos Insulares establecerán su organización de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Organización»?

Artículo 62 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/4

Artículo 62

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los Consejos Insulares establecerán su organización de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto»?

Artículo 62 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta4/4

Artículo 62. Organización

«Los Consejos Insulares establecerán su organización de acuerdo con la Constitución y con este Estatuto.»

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