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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 47 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsIniciativa de la potestad legislativa

Texto vigente

1. La iniciativa para el ejercicio de la potestad legislativa corresponde a los Diputados y al Gobierno de las Islas.

2. Los Consejos Insulares podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Parlamento una proposición de ley, delegando ante dicha cámara a un máximo de tres miembros encargados de su defensa.

3. La iniciativa popular se ejercerá en la forma y las condiciones que establezca la ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 47. Iniciativa de la potestad legislativa (apartado 1)

Artículo 47 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/5

La iniciativa para el ejercicio de la potestad legislativa corresponde a los Diputados y al Gobierno de las Islas.

Completa el hueco2/5

La iniciativa para el ejercicio de la potestad ________ corresponde a los Diputados y al Gobierno de las Islas.

Artículo 47 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/5

legislativa

«La iniciativa para el ejercicio de la potestad legislativa corresponde a los Diputados y al Gobierno de las Islas.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Iniciativa de la potestad legislativa»?

Artículo 47 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/5

Artículo 47

Información4/5

Artículo 47. Iniciativa de la potestad legislativa (apartado 2)

Artículo 47 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido4/5

Los Consejos Insulares podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Parlamento una proposición de ley, delegando ante dicha cámara a un máximo de tres miembros encargados de su defensa.

Completa el hueco5/5

Los Consejos Insulares podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Parlamento una proposición de ley, delegando ante dicha cámara a un máximo de ________ miembros encargados de su defensa.

Artículo 47 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta5/5

tres

«Los Consejos Insulares podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Parlamento una proposición de ley, delegando ante dicha cámara a un máximo de tres miembros encargados de su defensa.»

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