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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 43 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsElectores

Texto vigente

Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 43. Electores

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/4

Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.

Completa el hueco2/4

Serán electores todos los ________ españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/4

ciudadanos

«Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Electores»?

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/4

Artículo 43

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears»?

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta4/4

Artículo 43. Electores

«Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.»

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