🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233
Artículo 43 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsElectores
Texto vigente
Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.
Flashcards de este artículo
Artículo 43. Electores
Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.
Serán electores todos los ________ españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.
ciudadanos
«Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.»
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Artículo 43. Electores
«Serán electores todos los ciudadanos españoles mayores de edad que figuren en el censo electoral de las Illes Balears.»
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- Artículo 46 · Diputación Permanente
- Artículo 47 · Iniciativa de la potestad legislativa
- Artículo 48 · Potestad legislativa
- Artículo 49 · Decretos leyes
- Artículo 50 · Funciones
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.