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🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsDerechos en relación con las personas dependientes

Texto vigente

1. Las Administraciones públicas de las Illes Balears, según la Carta de Derechos Sociales, garantizarán en todo caso a toda persona dependiente, el derecho a las prestaciones públicas necesarias para asegurar su autonomía personal, su integración socio-profesional y su participación en la vida social de la comunidad.

2. Las Administraciones públicas de las Illes Balears procurarán a las personas dependientes su integración mediante una política de igualdad de oportunidades, desarrollando medidas de acción positiva, y garantizarán la accesibilidad espacial de las instalaciones, los edificios y los servicios públicos.

3. Las Administraciones públicas de las Illes Balears garantizarán el uso de la lengua de signos propia de las personas sordas, que deberá ser objeto de enseñanza, protección y respeto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 19. Derechos en relación con las personas dependientes (apartado 1)

Artículo 19 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/5

Las Administraciones públicas de las Illes Balears, según la Carta de Derechos Sociales, garantizarán en todo caso a toda persona dependiente, el derecho a las prestaciones públicas necesarias para asegurar su autonomía personal, su integración socio-profesional y su participación en la vida social de la comunidad.

Completa el hueco2/5

Las Administraciones públicas de las Illes Balears, según la Carta de Derechos Sociales, garantizarán en todo caso a toda persona dependiente, el derecho a las prestaciones públicas necesarias para asegurar su autonomía personal, su integración ________ y su participación en la vida social de la comunidad.

Artículo 19 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/5

socio-profesional

«Las Administraciones públicas de las Illes Balears, según la Carta de Derechos Sociales, garantizarán en todo caso a toda persona dependiente, el derecho a las prestaciones públicas necesarias para asegurar su autonomía personal, su integración socio-profesional y su participación en la vida social de la comunidad.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Derechos en relación con las personas dependientes»?

Artículo 19 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/5

Artículo 19

Información4/5

Artículo 19. Derechos en relación con las personas dependientes (apartado 2)

Artículo 19 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido4/5

Las Administraciones públicas de las Illes Balears procurarán a las personas dependientes su integración mediante una política de igualdad de oportunidades, desarrollando medidas de acción positiva, y garantizarán la accesibilidad espacial de las instalaciones, los edificios y los servicios públicos.

Completa el hueco5/5

Las ________ públicas de las Illes Balears procurarán a las personas dependientes su integración mediante una política de igualdad de oportunidades, desarrollando medidas de acción positiva, y garantizarán la accesibilidad espacial de las instalaciones, los edificios y los servicios públicos.

Artículo 19 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta5/5

Administraciones

«Las Administraciones públicas de las Illes Balears procurarán a las personas dependientes su integración mediante una política de igualdad de oportunidades, desarrollando medidas de acción positiva, y garantizarán la accesibilidad espacial de las instalaciones, los edificios y los servicios públicos.»

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