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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 69 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaMedios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual

Texto vigente

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Junta de Andalucía y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.

2. La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá crear y mantener todos los medios de comunicación social necesarios para el cumplimiento de sus fines.

3. Corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución sobre competencias de medios de comunicación social.

4. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida sobre ordenación y regulación y el control de los servicios de comunicación audiovisual que utilicen cualquiera de los soportes y tecnologías disponibles dirigidos al público de Andalucía, así como sobre las ofertas de comunicación audiovisual si se distribuyen en el territorio de Andalucía.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 69. Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual (apartado 1)

Artículo 69 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Junta de Andalucía y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.

Completa el hueco2/5

Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de ________ audiovisual de la Junta de Andalucía y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.

Artículo 69 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

comunicación

«Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre la organización de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Junta de Andalucía y de los servicios públicos de comunicación audiovisual de ámbito local, respetando la garantía de la autonomía local.»
¿Qué artículo?3/5

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Artículo 69 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 69

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Artículo 69. Medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual (apartado 2)

Artículo 69 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido4/5

La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá crear y mantener todos los medios de comunicación social necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Completa el hueco5/5

La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá crear y mantener todos los medios de ________ social necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 69 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

comunicación

«La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá crear y mantener todos los medios de comunicación social necesarios para el cumplimiento de sus fines.»

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