Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 46 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaInstituciones de autogobierno

Texto vigente

Son competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma:

1.ª La organización y estructura de sus instituciones de autogobierno.

2.ª Normas y procedimientos electorales para su constitución, en el marco del régimen electoral general.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 46. Instituciones de autogobierno (apartado 1)

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

Son competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma:

Completa el hueco2/5

ª La organización y estructura de sus ________ de autogobierno.

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

instituciones

«ª La organización y estructura de sus instituciones de autogobierno.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Instituciones de autogobierno»?

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 46

Información4/5

Artículo 46. Instituciones de autogobierno (apartado 2)

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido4/5

ª La organización y estructura de sus instituciones de autogobierno.

Completa el hueco5/5

ª Normas y ________ electorales para su constitución, en el marco del régimen electoral general.

Artículo 46 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

procedimientos

«ª Normas y procedimientos electorales para su constitución, en el marco del régimen electoral general.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Competencias