🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 31 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaBuena administración
Texto vigente
Se garantiza el derecho a una buena administración, en los términos que establezca la ley, que comprende el derecho de todos ante las Administraciones Públicas, cuya actuación será proporcionada a sus fines, a participar plenamente en las decisiones que les afecten, obteniendo de ellas una información veraz, y a que sus asuntos se traten de manera objetiva e imparcial y sean resueltos en un plazo razonable, así como a acceder a los archivos y registros de las instituciones, corporaciones, órganos y organismos públicos de Andalucía, cualquiera que sea su soporte, con las excepciones que la ley establezca.
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Artículo 31. Buena administración
Se garantiza el derecho a una buena administración, en los términos que establezca la ley, que comprende el derecho de todos ante las Administraciones Públicas, cuya actuación será proporcionada a sus fines, a participar plenamente en las decisiones que les afecten, obteniendo de ellas una información veraz, y a que sus asuntos se traten de manera objetiva e imparcial y sean resueltos en un plazo razonable, así como a acceder a los archivos y registros de las instituciones, corporaciones, órganos y organismos públicos de Andalucía, cualquiera que sea su soporte, con las excepciones que la ley establezca.
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Otros artículos de CAPÍTULO II. Derechos y deberes
- Artículo 15 · Igualdad de género
- Artículo 16 · Protección contra la violencia de género
- Artículo 17 · Protección de la familia
- Artículo 18 · Menores
- Artículo 19 · Mayores
- Artículo 20 · Testamento vital y dignidad ante el proceso de la muerte
- Artículo 21 · Educación
- Artículo 22 · Salud
- Artículo 23 · Prestaciones sociales
- Artículo 24 · Personas con discapacidad o dependencia
- Artículo 25 · Vivienda
- Artículo 26 · Trabajo
- Artículo 27 · Consumidores
- Artículo 28 · Medio ambiente
- Artículo 29 · Acceso a la justicia
- Artículo 30 · Participación política
- Artículo 32 · Protección de datos
- Artículo 33 · Cultura
- Artículo 34 · Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación
- Artículo 35 · Orientación sexual
- Artículo 36 · Deberes
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.