🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 20 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaTestamento vital y dignidad ante el proceso de la muerte
Texto vigente
1. Se reconoce el derecho a declarar la voluntad vital anticipada que deberá respetarse, en los términos que establezca la ley.
2. Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte.
Flashcards de este artículo
Artículo 20. Testamento vital y dignidad ante el proceso de la muerte (apartado 1)
Se reconoce el derecho a declarar la voluntad vital anticipada que deberá respetarse, en los términos que establezca la ley.
Se reconoce el derecho a declarar la voluntad vital ________ que deberá respetarse, en los términos que establezca la ley.
anticipada
«Se reconoce el derecho a declarar la voluntad vital anticipada que deberá respetarse, en los términos que establezca la ley.»
¿Qué artículo lleva por título «Testamento vital y dignidad ante el proceso de la muerte»?
Artículo 20. Testamento vital y dignidad ante el proceso de la muerte (apartado 2)
Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte.
Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado ________ del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte.
tratamiento
«Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Derechos y deberes
- Artículo 15 · Igualdad de género
- Artículo 16 · Protección contra la violencia de género
- Artículo 17 · Protección de la familia
- Artículo 18 · Menores
- Artículo 19 · Mayores
- Artículo 21 · Educación
- Artículo 22 · Salud
- Artículo 23 · Prestaciones sociales
- Artículo 24 · Personas con discapacidad o dependencia
- Artículo 25 · Vivienda
- Artículo 26 · Trabajo
- Artículo 27 · Consumidores
- Artículo 28 · Medio ambiente
- Artículo 29 · Acceso a la justicia
- Artículo 30 · Participación política
- Artículo 31 · Buena administración
- Artículo 32 · Protección de datos
- Artículo 33 · Cultura
- Artículo 34 · Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación
- Artículo 35 · Orientación sexual
- Artículo 36 · Deberes
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.