🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468
Artículo 38 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalProfesorado
Texto vigente
1. El profesorado de los centros docentes estará compuesto por Policías Nacionales. El procedimiento de provisión de los puestos de trabajo de los centros docentes se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, en orden a garantizar una selección objetiva, eficaz y transparente del profesorado.
2. La impartición de las enseñanzas y cursos podrá realizarse también por expertos y profesionales de reconocida competencia en las distintas materias, procedentes de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Universidad, Poder Judicial, Ministerio Fiscal, Fuerzas Armadas, Administración General del Estado, administraciones autonómicas y locales, así como de centros, institutos o escuelas de formación y perfeccionamiento de reconocido prestigio.
A tal efecto, la Dirección General de la Policía, a propuesta de los centros docentes, podrá concertar la impartición de las correspondientes clases, bien con los profesionales, bien con las administraciones o entidades de las que dependan, a través del procedimiento legalmente establecido para cada caso, y siempre en los términos que permitan las disponibilidades presupuestarias en cada momento.
Flashcards de este artículo
Artículo 38. Profesorado (apartado 1)
El profesorado de los centros docentes estará compuesto por Policías Nacionales. El procedimiento de provisión de los puestos de trabajo de los centros docentes se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, en orden a garantizar una selección objetiva, eficaz y transparente del profesorado.
El ________ de los centros docentes estará compuesto por Policías Nacionales.
profesorado
«El profesorado de los centros docentes estará compuesto por Policías Nacionales.»
¿Qué artículo lleva por título «Profesorado»?
Artículo 38. Profesorado (apartado 2, 1/2)
La impartición de las enseñanzas y cursos podrá realizarse también por expertos y profesionales de reconocida competencia en las distintas materias, procedentes de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Universidad, Poder Judicial, Ministerio Fiscal, Fuerzas Armadas, Administración General del Estado, administraciones autonómicas y locales, así como de centros, institutos o escuelas de formación y perfeccionamiento de reconocido prestigio.
El ________ de provisión de los puestos de trabajo de los centros docentes se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, en orden a garantizar una selección objetiva, eficaz y transparente del profesorado.
procedimiento
«El procedimiento de provisión de los puestos de trabajo de los centros docentes se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, en orden a garantizar una selección objetiva, eficaz y transparente del profesorado.»
Otros artículos de TÍTULO VII. La formación en la Policía Nacional
- Artículo 29 · Criterios y estructura
- Artículo 30 · Régimen de formación
- Artículo 31 · Convenios de colaboración
- Artículo 32 · La formación de ingreso y la capacitación profesional específica
- Artículo 33 · La formación permanente
- Artículo 34 · La especialización
- Artículo 35 · Altos estudios profesionales
- Artículo 36 · Centros docentes
- Artículo 37 · Régimen de los alumnos de los centros docentes
- Artículo 39 · Centro Universitario de Formación del Cuerpo Nacional de Policía
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.