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🚓 LO 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional · BOE-A-2015-8468

Artículo 31 de la LO 9/2015 de personal de la Policía NacionalConvenios de colaboración

Texto vigente

1. En el régimen de formación podrán colaborar instituciones u organismos de la Administración General del Estado, de las administraciones autonómicas y de la administración local, así como otras instituciones, universidades u organismos nacionales e internacionales, de carácter público o privado, mediante los correspondientes convenios de colaboración o conciertos que se suscriban a tal efecto y que específicamente interesen a los fines docentes.

2. En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales representativas, en la forma y condiciones que se determinen.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 31. Convenios de colaboración (apartado 1)

Artículo 31 · LO 9/2015
Contenido1/5

En el régimen de formación podrán colaborar instituciones u organismos de la Administración General del Estado, de las administraciones autonómicas y de la administración local, así como otras instituciones, universidades u organismos nacionales e internacionales, de carácter público o privado, mediante los correspondientes convenios de colaboración o conciertos que se suscriban a tal efecto y que específicamente interesen a los fines docentes.

Completa el hueco2/5

En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales ________, en la forma y condiciones que se determinen.

Artículo 31 · LO 9/2015
Respuesta2/5

representativas

«En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales representativas, en la forma y condiciones que se determinen.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Convenios de colaboración»?

Artículo 31 · LO 9/2015
Respuesta3/5

Artículo 31

Información4/5

Artículo 31. Convenios de colaboración (apartado 2)

Artículo 31 · LO 9/2015
Contenido4/5

En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales representativas, en la forma y condiciones que se determinen.

¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales representativas, en la forma y condiciones…»?

Artículo 31 · LO 9/2015
Respuesta5/5

Artículo 31. Convenios de colaboración

«En el ámbito de la formación permanente se establecerán vías de colaboración con las organizaciones sindicales representativas, en la forma y condiciones que se determinen.»

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