📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115
Artículo 22 de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioInmediación
Texto vigente
La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del secretario; en caso contrario, aquellas se considerarán nulas, sin perjuicio de que el instructor pueda interesar la práctica de otras diligencias de cualquier órgano de la Administración.
Flashcards de este artículo
Artículo 22. Inmediación
La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del secretario; en caso contrario, aquellas se considerarán nulas, sin perjuicio de que el instructor pueda interesar la práctica de otras diligencias de cualquier órgano de la Administración.
La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas ________ es esencial y no puede ser suplida por la del secretario;
practicadas
«La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del secretario;»
¿Qué artículo lleva por título «Inmediación»?
en caso contrario, aquellas se considerarán nulas, sin perjuicio de que el instructor pueda interesar la práctica de otras ________ de cualquier órgano de la Administración.
diligencias
«en caso contrario, aquellas se considerarán nulas, sin perjuicio de que el instructor pueda interesar la práctica de otras diligencias de cualquier órgano de la Administración.»
¿Qué artículo establece: «La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la…»?
Artículo 22. Inmediación
«La intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas es esencial y no puede ser suplida por la del secretario;»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 17 · Principios inspiradores del procedimiento
- Artículo 18 · Reglas básicas procedimentales
- Artículo 19 · Inicio del procedimiento y derecho de defensa
- Artículo 20 · Nombramiento de instructor y secretario
- Artículo 21 · Abstención y recusación
- Artículo 23 · Prueba
- Artículo 24 · Vista del expediente y copia de las actuaciones
- Artículo 25 · Información de la concurrencia de otras infracciones administrativas o penales
- Artículo 26 · Archivo de actuaciones
- Artículo 27 · Informe del Consejo de Policía
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.