📋 LO 4/2010 del Régimen disciplinario de la Policía Nacional · BOE-A-2010-8115
Artículo 21 de la LO 4/2010 de régimen disciplinarioAbstención y recusación
Texto vigente
1. Al instructor y al secretario se les aplicarán las normas sobre abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El derecho de recusación podrá ejercitarse desde el momento en que el interesado tenga conocimiento de quiénes son el instructor y el secretario.
3. La abstención y recusación se plantearán ante el órgano que acordó el nombramiento, el cual resolverá en el plazo de tres días.
4. Contra las resoluciones adoptadas no cabe recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que finalice definitivamente el procedimiento.
Flashcards de este artículo
Artículo 21. Abstención y recusación (apartado 1)
Al instructor y al secretario se les aplicarán las normas sobre abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Al instructor y al secretario se les aplicarán las normas sobre abstención y recusación establecidas en los artículos ________ y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
28
«Al instructor y al secretario se les aplicarán las normas sobre abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
¿Qué artículo lleva por título «Abstención y recusación»?
Artículo 21. Abstención y recusación (apartado 2)
El derecho de recusación podrá ejercitarse desde el momento en que el interesado tenga conocimiento de quiénes son el instructor y el secretario.
El derecho de recusación podrá ejercitarse desde el momento en que el interesado tenga ________ de quiénes son el instructor y el secretario.
conocimiento
«El derecho de recusación podrá ejercitarse desde el momento en que el interesado tenga conocimiento de quiénes son el instructor y el secretario.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 17 · Principios inspiradores del procedimiento
- Artículo 18 · Reglas básicas procedimentales
- Artículo 19 · Inicio del procedimiento y derecho de defensa
- Artículo 20 · Nombramiento de instructor y secretario
- Artículo 22 · Inmediación
- Artículo 23 · Prueba
- Artículo 24 · Vista del expediente y copia de las actuaciones
- Artículo 25 · Información de la concurrencia de otras infracciones administrativas o penales
- Artículo 26 · Archivo de actuaciones
- Artículo 27 · Informe del Consejo de Policía
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.