💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760
Artículo 68 de la LO 1/2004 de violencia de géneroGarantías para la adopción de las medidas
Texto vigente
Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su proporcionalidad y necesidad, y, en todo caso, con intervención del Ministerio Fiscal y respeto de los principios de contradicción, audiencia y defensa.
Flashcards de este artículo
Artículo 68. Garantías para la adopción de las medidas
Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su proporcionalidad y necesidad, y, en todo caso, con intervención del Ministerio Fiscal y respeto de los principios de contradicción, audiencia y defensa.
Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su ________ y necesidad, y, en todo caso, con intervención del Ministerio Fiscal y respeto de los principios de contradicción, audiencia y defensa.
proporcionalidad
«Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su proporcionalidad y necesidad, y, en todo caso, con intervención del Ministerio Fiscal y respeto de los principios de contradicción, audiencia y defensa.»
¿Qué artículo lleva por título «Garantías para la adopción de las medidas»?
¿Qué artículo establece: «Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su proporcionalidad y…»?
Artículo 68. Garantías para la adopción de las medidas
«Las medidas restrictivas de derechos contenidas en este capítulo deberán adoptarse mediante auto motivado en el que se aprecie su proporcionalidad y necesidad, y, en todo caso, con intervención del Ministerio Fiscal y respeto de los principios de contradicción, audiencia y defensa.»
Otros artículos de CAPÍTULO IV. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas
- Artículo 61 · Disposiciones generales
- Artículo 62 · De la orden de protección
- Artículo 63 · De la protección de datos y las limitaciones a la publicidad
- Artículo 64 · De las medidas de salida del domicilio, alejamiento o suspensión de las comunicaciones
- Artículo 65 · De las medidas de suspensión de la patria potestad o la custodia de menores
- Artículo 66 · De la medida de suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con los menores
- Artículo 67 · De la medida de suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas
- Artículo 69 · Mantenimiento de las medidas de protección y seguridad
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.