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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Disposición transitoria cuarta de la Ley de Contratos del Sector PúblicoEstatutos de los medios propios personificados

Texto vigente

Hasta que transcurran seis meses de la entrada en vigor de la presente Ley y resulte exigible, por tanto, las obligaciones establecidas en el artículo 32.2.d) respecto al contenido de los estatutos de las entidades que ostenten la condición de medio propio personificado, estas seguirán actuando con sus estatutos vigentes siempre y cuando cumplan con lo establecido en las letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 32.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/2

Disposición transitoria cuarta. Estatutos de los medios propios personificados

Disposición transitoria cuarta · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/2

Hasta que transcurran seis meses de la entrada en vigor de la presente Ley y resulte exigible, por tanto, las obligaciones establecidas en el artículo 32.2.d) respecto al contenido de los estatutos de las entidades que ostenten la condición de medio propio personificado, estas seguirán actuando con sus estatutos vigentes siempre y cuando cumplan con lo establecido en las letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 32.

¿Qué artículo?2/2

¿Qué artículo lleva por título «Estatutos de los medios propios personificados»?

Disposición transitoria cuarta · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/2

Disposición transitoria cuarta

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