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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Disposición adicional vigésima tercera de la Ley de Contratos del Sector PúblicoCoordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación

Texto vigente

Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus pronunciamientos y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento. Dichos órganos podrán además proponer los ajustes normativos y recomendaciones que resulten pertinentes para un mejor funcionamiento de los mecanismos de recurso previstos en la normativa sobre contratos públicos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición adicional vigésima tercera. Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación

Disposición adicional vigésima tercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus pronunciamientos y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento. Dichos órganos podrán además proponer los ajustes normativos y recomendaciones que resulten pertinentes para un mejor funcionamiento de los mecanismos de recurso previstos en la normativa sobre contratos públicos.

Completa el hueco2/5

Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus ________ y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento.

Disposición adicional vigésima tercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

pronunciamientos

«Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus pronunciamientos y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación»?

Disposición adicional vigésima tercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Disposición adicional vigésima tercera

Completa el hueco4/5

Dichos órganos podrán además proponer los ajustes normativos y ________ que resulten pertinentes para un mejor funcionamiento de los mecanismos de recurso previstos en la normativa sobre contratos públicos.

Disposición adicional vigésima tercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta4/5

recomendaciones

«Dichos órganos podrán además proponer los ajustes normativos y recomendaciones que resulten pertinentes para un mejor funcionamiento de los mecanismos de recurso previstos en la normativa sobre contratos públicos.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de…»?

Disposición adicional vigésima tercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

Disposición adicional vigésima tercera. Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación

«Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus pronunciamientos y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento.»

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