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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Disposición adicional decimotercera de la Ley de Contratos del Sector PúblicoReferencias al Impuesto sobre el Valor Añadido

Texto vigente

Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional decimotercera. Referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido

Disposición adicional decimotercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/4

Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.

Completa el hueco2/4

Las ________ al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.

Disposición adicional decimotercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/4

referencias

«Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido»?

Disposición adicional decimotercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/4

Disposición adicional decimotercera

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción…»?

Disposición adicional decimotercera · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta4/4

Disposición adicional decimotercera. Referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido

«Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido deberán entenderse realizadas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.»

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