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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Disposición adicional trigésima de la Ley de Contratos del Sector PúblicoAutorización del Consejo de Ministros en concesiones de autopistas de competencia estatal

Texto vigente

Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, modificación y resolución de los contratos de concesión de autopistas de competencia estatal.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional trigésima. Autorización del Consejo de Ministros en concesiones de autopistas de competencia estatal

Disposición adicional trigésima · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/4

Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, modificación y resolución de los contratos de concesión de autopistas de competencia estatal.

Completa el hueco2/4

Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, ________ y resolución de los contratos de concesión de autopistas de competencia estatal.

Disposición adicional trigésima · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/4

modificación

«Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, modificación y resolución de los contratos de concesión de autopistas de competencia estatal.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Autorización del Consejo de Ministros en concesiones de autopistas de competencia estatal»?

Disposición adicional trigésima · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/4

Disposición adicional trigésima

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, modificación y resolución de los contratos de…»?

Disposición adicional trigésima · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta4/4

Disposición adicional trigésima. Autorización del Consejo de Ministros en concesiones de autopistas de competencia estatal

«Será necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la celebración, y, en su caso, modificación y resolución de los contratos de concesión de autopistas de competencia estatal.»

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